top of page

Despido de Empleada Doméstica y Cálculo Liquidación Final

  • Foto del escritor: zolvers
    zolvers
  • 4 mar 2024
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 21 abr

Cuando la relación laboral con la empleada doméstica se termina por decisión del empleador, lo que corresponde es efectuar un despido. Estos son los pasos que se deben cumplir: Paso 1) Envío de telegrama de despido.

1.1 Se envía desde una sucursal del Correo Argentino.

1.2 Puedes descargar desde aquí el modelo de telegrama. También puedes solicitarlo en el correo.




Es importante corroborar la dirección de la empleada ya que se considera último día de trabajo el día que la trabajadora recibe el telegrama.


Paso 2) Dar de baja la relación laboral en ARCA. Este trámite se hace desde la página web de ARCA con Cuit y clave fiscal del empleador.  Se debe ir a la sección "Personal de Casas Particulares", y ahí, en la tarjeta de la empleada que se desea despedir, clic en el botón "datos del trabajador" y luego "baja del trabajador". Una vez dada de baja la relación en el registro de AFIP, el sistema permite generar el volante electrónico de pago (VEP) para abonar los aportes y contribuciones del último mes de trabajo (no se debe abonar la ART, ya que esta se paga por adelantado). Si este paso no se cumple, se siguen generando las obligaciones mensuales de pago de aportes de la empleada.

Paso 3) Calcular la Liquidación final. Estos conceptos se pagan siempre, sea renuncia o despido.

Puedes usar la CALCULADORA para saber el valor estimado de liquidación final AQUI

Al terminar la relación laboral, la empleada debe cobrar:

  1. El sueldo completo del último mes trabajado.

  2. El proporcional del medio aguinaldo

  3. El proporcional de las vacaciones

  4. SAC sobre vacaciones: Es el aguinaldo sobre el monto de las vacaciones. Se calcula partiendo del proporcional de vacaciones /12.


Paso 4) En el caso de DESPIDO sin causa


Cuando se trata de despido (siempre que sea sin causa), a los conceptos anteriores se le deben agregar las siguientes indemnizaciones.

  1. Preaviso: Si no se cumplió el plazo de aviso anticipado (10 días si la antigüedad es inferior a 1 año o 30 días si es 1 año o más), se debe abonar un sueldo equivalente a este período.

  2. SAC sobre preaviso: Es el monto anterior /12

  3. Integración de mes de despido:  Si no hubo preaviso y la fecha de baja de la relación laboral no fuera el último día del mes, el empleador debe pagar además de las sumas correspondientes al preaviso, la totalidad del sueldo del mes en el que se produjo el despido.

  4. SAC sobre integración mes de despido: Es el monto anterior /12.

  5. Antigüedad: Se debe pagar el equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. Se toma la mejor remuneración, mensual, normal y habitual del último año. Nunca puede ser menos de un sueldo. La liquidación final se realiza en un recibo de sueldo, similar al que se entrega todos los meses, pero con el detalle de cada ítem.

En el caso que la trabajadora esté en período de prueba, no se deben tener en cuenta los valores de indemnización:

Ver AQUI período de prueba empleadas domésticas


Utiliza la calculadora para revisar tus cálculos:




Además te presentamos la herramienta zolversPagos que te permite Automatizar toda la gestión de tu trabajadora: pagos mensuales, teniendo en cuenta faltas, horas extras, feriados, aguinaldo e incluso hacer el cálculo de la liquidación final.

Pago despido trabajadora doméstica
Pago despido y liquidación final

bottom of page